BIS
emite este año, 2019 en su reporte económico, una sección titulada Big Tech in
Finace: opportunities and risks
dedicada a la entrada de las grandes compañías de tecnología (“big techs”) a los
servicios financieros (definida como una modalidad especial de las Fintech)
En
el se analiza como la incorporación a la oferta de servicios financieros de Alibaba,
Amazon, Facebook, Google y Tencent entre otros, proveyendo servicios de sistemas
de pagos, money market, productos de seguros, préstamos y administración de
remesas promete ganancias de eficiencia y mejora en la inclusión financiera.
Se
destaca que para que estas grandes firmas ofrezcan servicios financieros se fundamentan
en su base tecnológica que permite el manejo de gran cantidad de data y redes
de información (traducción libre):
“El modelo de negocio de estas "Big Tech” se basa
en permitir interacciones directas entre un gran número de usuarios. Un
subproducto esencial de su negocio es la gran cantidad de datos de usuario que
se utilizan como entrada para ofrecer una gama de servicios que aprovechan los
efectos naturales de la red, generando una mayor actividad del usuario”
El
apalancamiento tecnológico de las “Big Techs” puede reducir las barreras para
la provisión de servicios financieros al reducir la información y los costos de
transacción, y así mejorar la inclusión financiera. Sin embargo, estas
ganancias varían según el servicio financiero y podrían conllevar nuevos
riesgos y fallas del mercado.
En
este sentido, el capítulo destaca que al igual que para las instituciones
financieras tradicionales, que están sometidas a la regulación financiera con
el objetivo de garantizar la solvencia de estas, la solidez del sistema
financiero en su conjunto y protección a los usuarios de estos servicios, la
actividad de las “Big Techs” cae directamente dentro del alcance de la regulación
financiera tradicional y deben aplicarse los mismos principios. En este particular indican (traducción libre):
“El objetivo es cerrar las brechas regulatorias entre
las “Big Techs” y las instituciones financieras reguladas para limitar el
alcance del arbitraje regulatorio a través de actividades bancarias a la
sombra. En consecuencia, los reguladores han extendido las regulaciones
bancarias existentes a las “Big Techs”. Los ejemplos incluyen la extensión de
las reglas de conocer a su cliente (KYC), diseñadas para prevenir el lavado de
dinero y otros delitos financieros, a las operaciones de las “Big Techs” en
pagos.
El principio básico es "la misma actividad, la misma
regulación". Si las “Big Techs” participan en actividades que son efectivamente
idénticas a las que realizan los bancos, entonces dichas actividades deben
estar sujetas a las reglas bancarias.
Además de las reglas existentes que se extienden a las
“Big Techs”, es posible que se justifiquen nuevas reglas en aquellos casos en
que estas hayan forzado cambios estructurales
que los llevan fuera del alcance de la regulación financiera existente”
Entre
los retos a la regulación en las Big Techs, destacan los nuevos y complejos
equilibrios entre la estabilidad financiera, la competencia y la protección de
datos.
REF: BIS
Annual Economic Report 2019. https://www.bis.org/publ/arpdf/ar2019e3.htm
No hay comentarios:
Publicar un comentario